Por decreto provincial se prohíbe el ingreso a espacios de esparcimiento
La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, estableció por Decreto hoy la prohibición en toda la provincia del ingreso y circulación en todos aquellos sitios considerados de esparcimiento público hasta el 31 de marzo próximo.
La medida alcanza a balnearios, parques, plazas, clubes y otros
similares, y se fundamenta en razones estrictamente sanitarias, en el
marco del estricto cumplimiento del aislamiento obligatorio dispuesto
por el Poder Ejecutivo Nacional.
En tanto, todos los
establecimientos comerciales ubicados en la provincia comprendidos en
las excepciones del Artículo 6º del Decreto Nº 297/20 del Poder
Ejecutivo Nacional y normas complementarias, deberán cumplir con un
horario de atención al público desde las 9 a las 19, cumpliendo
estrictas normas como evitar la concentración de clientes, disponer de
materiales de prevención para los clientes; y respetar el
distanciamiento social obligatorio de al menos un metro y medio entre
cada una de las personas.
A través de su cuenta de twitter
@ArabelaCarreras, la Gobernadora anunció que “firmamos un decreto que
prohíbe en todo el territorio provincial el ingreso y la circulación de
personas en sitios de esparcimiento público, por razones estrictamente
sanitarias y de cumplimiento con el aislamiento obligatorio”.
En
este contexto, las Farmacias deberán cumplir con sus horarios habituales
y disponer de un sistema de turnos a los fines de garantizar la
atención sanitaria durante la emergencia, con los resguardos de
prevención correspondientes.
El decreto establece además que el
servicio de reparto a domicilio de alimentos y bebidas sólo podrá
realizarse en el horario de 12 a 23.
La autoridad de aplicación
de este decreto es el Ministerio de Seguridad y Justicia, pudiendo
actuar por intermedio de la Policía de la Provincia de Río Negro a los
fines de hacer cumplir estas medidas.
Quedan fuera de los
alcances de este Decreto todos aquellos supuestos comprendidos en las
excepciones dispuestas en el Artículo 6° del Decreto N° 297/20 del Poder
Ejecutivo Nacional, sus normas complementarias y las que en su
consecuencia se dicten.
Asimismo, el Poder Ejecutivo Provincial
invita a adherir a estas medidas a los Municipios de la provincia de Río
Negro y empresas privadas que desarrollan su actividad en el territorio
provincial.
El Decreto de la Gobernadora Carreras se fundamenta
en la necesidad de profundizar las medidas preventivas tendientes a
evitar la proliferación de la pandemia de COVID-19, en función del
carácter dinámico y cambiante de la situación epidemiológica.
En
este marco, se siguen adoptando decisiones eficaces para lograr el
aislamiento sanitario preventivo de la población, restringiendo al
máximo la circulación de personas en todo el territorio de la provincia
en orden a las recomendaciones emanadas de la autoridad sanitaria.
