15 marzo, 2025

Las irregularidades en la objeción de conciencia por abortos

En Cipolletti no se cumplió el protocolo.

El 13 de mayo del 2015, el hospital de Cipolletti habilitó el libro de actas para los profesionales médicos objetores de conciencia que se nieguen a iniciar la interrupción legal del embarazo. Hasta la fecha son 20 los firmantes, sobre una planta de 274. Según relevó LM Cipolletti, ninguno cumplió con los plazos estipulados en la ley ni fundamentó su decisión, por lo que el registro podría no tener validez.

Se trata del folio 84 registro 27, que consta de 200 hojas y que se resguarda celosamente en la dirección del hospital. Cualquier persona que pida tener acceso al libro podrá hacerlo bajo la supervisión estricta del administrador de turno, quien velará por la fidelidad de la información allí expresada.

La primera firma está fechada el 1° de julio del 2015 y fue del obstetra César Pietro, seguido por los ginecólogos Alberto Maciel y Beatriz Álvarez. Recién en 2017 empezó el aluvión de objeciones, luego de que tomara estado público la denuncia penal contra el equipo médico que recibió a una joven víctima de violación y con un aborto en curso que fue obstruido en contra de su voluntad. Una de las imputadas que logró la absolución fue Yamila Custillo, quien firmó el acta el 17 de julio de 2017 pronunciándose en contra de la ILE sin expresar justificación alguna, especialidad médica ni cargo.

Al día siguiente, el 18 de mayo, se sumó el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra (jefe del servicio), con los mismos incumplimientos. Y con un agravante: según los protocolos de Salud, los jefes del área no pueden ser objetores para garantizar la práctica.

Le siguieron la enfermera Torres y el médico Mamani en agosto, y los médicos Cesari y Pescetti en septiembre. En el 2018 se sumaron como objetores tres médicos más (Bechert, Focaccia y Torres), y este año firmaron el libro siete médicos y una enfermera.

La totalidad del equipo de Ginecología se opuso a iniciar abortos no punibles, y en caso de que existan interrupciones en el segundo nivel (más de 12 semanas de gestación), se debe derivar a las pacientes a los hospitales de Roca o Bariloche donde hay ginecólogos que realizan la práctica adecuándose a la ley.

Aluvión: La mayoría de las firmas se produjeron luego de la denuncia contra dos médicos.

Según el artículo 10 de la Ley 4796 de aborto no punible, “toda persona, ya sea médico o personal auxiliar, que manifieste objeción de conciencia fundada en razones éticas con respecto a la práctica médica, puede optar por no participar en la misma”. Además, el artículo 11 dispone que el personal se debe manifestar a la hora de la firma del contrato, o firmar la objeción dentro de los 30 días siguientes a la promulgación.

La legisladora Marta Milesi, impulsora del aborto no punible, dijo que la ley tiene un “gris” respecto de los plazos exigidos, porque si bien expresa un plazo máximo de 30 días para manifestarse objetor, no dice nada ni reprime a aquellos profesionales que lo hagan fuera de término. “Evaluamos en algún momento que no exista más la objeción”, expresó.

La ILE igual está garantizada

María Verdugo, del Comité de Salud Sexual y Reproductiva del hospital, dijo que la gran mayoría dentro de la institución garantiza la interrupción del embarazo. “En un año acompañamos 158 ILE desde centros barriales, donde hay médicos objetores pero que hacen lo que deben: ofrecer información, derivar a la paciente y no obstruir”, expresó. Aseguró que es necesario un cambio de la categoría de “objetor de conciencia” por “objetor de la práctica”.

Fuente: LMNeuquén/por Alberto Rivero