10 diciembre, 2024

La Municipalidad prohibió toda actividad en establecimientos gastronómicos

La Municipalidad de Bariloche decidió prohibir al cien por ciento toda actividad en bares, cervecerías y comercios afines a partir del 19 de marzo a las 20 horas, hasta 31 de marzo de 2020 inclusive.

Esta resolución intensifica una de las medidas preventivas por COVID-19 (coronavirus) comunicadas durante la jornada del martes, donde se establecía una restricción en todos los comercios gastronómicos, como bares, pubs, cervecerías, restaurantes y comercios afines al cincuenta por ciento, de acuerdo a la capacidad original establecida en la habilitación comercial de cada local.

Primeramente, se había solicitado e este tipo de establecimiento que se provea de dispenser de alcohol en gel, mantener en estado de higiene periódico los lugares de uso público para los empleados y el público en general, además de una distancia de un metro y medio entre mesa y mesa.

En el documento firmado por el intendente Gustavo Gennuso se expone que la profundización de estas acciones se resuelve “a los fines de evitar espacios para la aglomeración de gente”, en consonancia con el Decreto 260/2020 de Presidencia de la Nación, y el Decreto 236/2020 de la Provincia de Río Negro declara “el estado de alerta sanitaria por COVID-19 para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna en el territorio”.

Además en la resolución se expuso que ante la problemática, se requiere que la adopción de medidas preventivas por parte de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche,” en resguardo de la salud de la población de nuestra ciudad”.

En esta línea, resoluciones municipales previas a las de esta jornada, fueron más categóricas en el ambito deportivo y cultural con la prohibición de toda actividad en los gimnasios donde se realiza actividad deportiva y entrenamiento, canchas de fútbol y recreación, natatorios, cines, teatros y en las salas de juegos.

La misma suspención total se mantendrá, por lo menos, hasta el 31 de marzo para los locales bailables, salones de fiestas, salones de usos múltiples, salones de fiestas infantiles, peloteros, clubes y todo lugar que convoquen la reunión de personas para actividades sociales, deportivas, culturales.