10 diciembre, 2024

Imputaron a un hombre por tenencia de pornografía infantil

El fiscal Martín Govetto, junto al fiscal Tomás Soto; formuló cargos en la a un hombre, de nacionalidad paraguaya por el delito de tenencia de pornografía infantil.

Se le atribuye al imputado el hecho protagonizado el 27 de marzo de 2019, estimativamente a la hora 1.20, en la localidad de Ingeniero Jacobacci, haber tenido en su poder un dispositivo de almacenamiento de datos pendrive con fotografías de menores desnudas – pornografia infantil- , lo que le fue secuestrado en el interior de la Comisaría 14.

Dicho accionar constituye el delito de tenencia de pornografía infantil, en calidad de autor, de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 128 del Código Penal. Sostuvo la acusación el fiscal Govetto con el acta de procedimiento policial, el pendrive, otros elementos como muñecas Barbie intervenidas y una importante cantidad de dibujos con contenido pornográfico realizados por el imputado.

El imputado quien fue demorado en la localidad de Ingeniero Jacobacci, en el marco de averiguación de antecedentes; fue representado por el defensor oficial Marcos Ciciarello, quien se opuso a la formulación de cargos. El defensor cuestionó la requisa por haberse llevado sin orden judicial como lo contempla la norma y consideró que no había motivos de urgencia para prescindir de ella. 

El fiscal Govetto planteó su rechazo a la nulidad por considerar que los operadores de justicia «estamos llamados a respetar las garantías constitucionales y más allá del trabajo para resaltar de la defensa, no hay un ataque concreto a la cuestión de la detención». En referencia a la urgencia, Govetto explicó que dicha acción se llevó a cabo ante la necesidad de saber si se estaba ante la comisión de un delito.

El Juez de Garantías Ricardo Calcagno, quien presidió esta audiencia rechazó el planteo de nulidad de la defensa y tuvo por formulados los cargos, habilitando de esta manera el proceso de investigación por el término de cuatro meses. Refiriéndose a la normativa de la provincia de Río Negro que establece la forma de ingresar a una persona a una Unidad Policial manifestó que «la requisa se debió a la urgencia de constatar si estaban en presencia de un delito o no. No existe anormalidad en el procedimiento», manifestó.

Impuso además el magistrado, una medida cautelar; la obligación de presentarse en una unidad policial del lugar donde se encuentre (considerando su forma de vida itinerante y que no posee domicilio fijo) y dictó la prohibición de salida del país, por lo que se notificará a las autoridades correspondientes de tal situación. En caso de no dar cumplimiento a lo requerido se ordenará su detención y rebeldía, para garantizar que esté sometido a proceso. (Fuente: Departamento de comunicación. Ministerio Público Río Negro. III Circunscripción Bariloche).