Empezó en Río Negro el juicio a un médico que se negó a practicar un aborto a una mujer con más de 5 meses de embarazo
Leandro Rodríguez Lastra (foto) fue acusado de no cumplir la ley que autoriza esa práctica en caso de violación. “Con una gestación tan avanzada, ya no es un aborto”, explicó él y describió el terrible procedimiento que debería haber seguido en ese caso. Se programó una cesárea y el niño fue dado en adopción. La mujer no lo denunció pero sí lo hizo una diputada provincial.
Debido a este caso, que tuvo lugar en abril de 2017, pero que recién ahora va a juicio, todos los ginecólogos y obstetras del hospital de Cipolletti se inscribieron como objetores de conciencia. Con una sola excepción, lo mismo hicieron sus colegas del resto de la región, que abarca Alto Valle, Cinco Saltos, Catriel, Allen y General Roca.
Leandro Rodríguez Lastra, 42 años, es tocoginecólogo egresado de la UBA y está instalado en Cipolletti desde mediados del 2016.
En cuanto al caso por el cual será juzgado a partir de hoy, cabe aclarar que la joven, de 19 años, no era paciente del doctor Rodríguez Lastra, ni del hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti, Río Negro, donde éste es jefe del servicio de Ginecología. Esto ocurrió en abril de 2017. La mujer llegó, derivada desde otra localidad a la guardia del hospital, con fuertes dolores y declarando haber ingerido una droga abortiva proporcionada por una ONG.
Rodríguez Lastra corroboró que tenía 22 semanas y media de gestación (es decir, acababa de entrar en el 6º mes, según las tablas de conversión). El feto pesaba más de 500 gramos.
El juicio contra Leandro Rodríguez Lastra duraría 3 días, que podrían extenderse a 4 en caso de que no se llegara a escuchar a todos los testigos. Entre ellos, habrá colegas del médico, peritos, pero también, en principio, la mujer cuyo caso motivó la denuncia contra Rodríguez Lastra. Cabe aclarar que ella no denunciò al médico, como así tampoco nadie de su familia. La denunciante es la diputada provincial Marta Milesi, médica pediatra y autora de la ley de aborto no punible en la provincia de Río Negro.
Declarará como testigo «a pesar de que no lo fue», dijo Rodríguez Lastra a Infobae. «Según la fiscalìa, explica el médico, el sentido de su presentación es por ser precursora de la ley provincial que dicen que yo violé; el fiscal considera importante que ella explique lo que quiso lograr con esa ley”.
paciente de este caso había sido derivada en ambulancia desde el Hospital General Fernández Oro de la localidad del mismo nombre, vecina a Cipolletti, por no contar con equipos de complejidad para atender ese cuadro. La derivación, recuerda el médico, hablaba de una mujer de 19 años que habría ingerido una pastilla abortiva, que cursaba un embarazo no deseado, con un cuadro de fiebre, con un feto vivo, con latidos fetales positivos y con contracciones. Además traía una ecografía que informaba de un embarazo avanzado. Al llegar, no tenía dilatación ni hemorragia.
«Ella decía que le habían dado una pastilla abortiva, pero no en el hospital; se la dieron las integrantes de una red llamada de ‘socorristas’, una agrupación feminista que asiste a mujeres que quieren abortar -dice Rodríguez Lastra-. Yo eso no lo podía tomar seriamente, no podía saber qué le habían dado realmente. Siendo un lugar clandestino, no podía averiguar qué droga había ingerido. El embarazo era de 22 semanas y media y el feto tenía 500 gramos. Las pastillas abortivas sirven para embarazos mucho menos avanzados; los otros presentan otras complicaciones».
«No las citan al juicio porque no las quieren exponer -responde Rodríguez Lastra ante la consulta de Infobae, sobre si la justicia indagó a las personas que le proporcionaron la droga abortiva a la mujer -; es que básicamente lo que hacen es ejercicio ilegal de la medicina, ya que medican a las mujeres sin tener idoneidad para eso».
El médico explica que su temor era que la mujer hiciera un síndrome de Mondor, o aborto séptico, por contaminación con una bacteria similar a la que produce el tétanos, algo frecuente cuando se hacen procedimientos en sitios que no cuentan con la debida asepsia. Se trata de un síndrome altamente mortífero.
«Una conducta médica tiene que evaluar todo el contexto. Yo recibo una paciente de la cual desconozco todo -dice el ginecólogo-. Se me dijo: ¿cómo no sabe que el misoprostol causa fiebre? Claro que lo sé pero yo no podía saber si esa era realmente la causa. Tuve que evaluarla, pedir cultivo de sangre, de orina, de flujo. Le di antibióticos. Había riesgo de vida de la paciente».
«Por otra parte -agrega- ni siquiera estaban cumplidos los trámites y plazos que establece el protocolo de aborto no punible. No pongo en duda la palabra de la mujer sobre la violación, pero de acuerdo a la mismísima OMS, a partir de la semana 22 y por encima de 500 gramos del feto, ya no es un aborto».
¿Cómo se practica un aborto con un embarazo tan avanzado? ¿Cuál es la técnica?
«Mediante dilatación y curetaje. En primer lugar hay que matar al feto, lo que se hace inyectando agua salina en el útero. Luego se provoca la dilatación y con un instrumento parecido a una cuchara, se va extrayendo… se trabaja un poco a ciegas. He tenido que hacerlo en casos de muerte intrauterina y es horrible. En este caso, el feto estaba vivo».
Al día siguiente, una junta médica del hospital fue la que decidió fijar una fecha para una cesárea, cuando el bebé fuese viable, lo que se hizo a los siete meses y medio. Es decir que no fue una decisión exclusiva de Rodríguez Lastra sino de un equipo. El niño fue dado en adopción.
«Actué médicamente como debía actuar y no violé ninguna norma. Es más: la ley 4796 dice que el médico tiene diez días para resolver en estos casos», dice Rodríguez Lastra. (Claudia Peiró – Infobae).