Violencia de Género; juicio abreviado por lesiones, daño, privación ilegítima de la libertad
Bariloche. En el marco de un juicio abreviado, se condenó a un hombre a tres años de prisión en suspenso por hechos que constituyen el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y en un contexto de violencia de género, daño, privación de la libertad agravada.
Según la acusación fiscal se le adjudica al acusado lo sucedido el 05 de junio de este año en horas de la mañana hasta el día 7 de junio a las 17:00 horas aproximadamente en el interior de la vivienda ubicada en Barrio Virgen Misionera de esta ciudad.
El acusado comenzó por golpear a la víctima, su pareja en todo el cuerpo para luego sacarle el celular, el que arrojó contra la pared, logrando romperlo. La mujer salió corriendo hacia la casa de unos familiares que se encuentran en la zona, donde se presentó el acusado y la sacó de la casa a la fuerza, donde ejerció violencia contra ella.
Acto seguido la tomó de los pelos y la arrastró hasta la vivienda que compartían en donde la dejó encerrada con llave, privandola de su libertad. Durante varias horas la mantuvo en esa situación, impidiéndole salir, con la puerta cerrada con llave y sujetándola cuando ella intentaba salir., golpeándola en algunas oportunidades.
Finalmente apareció en el lugar una persona de su entorno familiar, con quien la víctima se había comunicado de manera oculta por un teléfono, quien pudo sacarla del domicilio. Estas agresiones se dieron en un contexto de violencia de género ya que ambos son pareja desde hace un año y medio aproximadamente, con episodios anteriores de este tipo.
Describió el fiscal del caso la evidencia colectada en el marco de la investigación de estos hechos, que sostienen la acusación y que dan cuenta del contexto de violencia de género. Informó además que la víctima tiene conocimiento de la aplicación de este acuerdo de partes y manifestó su consentimiento con la realización del mismo.
El imputado, asistido por una defensora particular; asumió su responsabilidad en la comisión de los hechos, acordó además con la calificación y la realización de este acuerdo; al momento de ser consultado por el Juez de Juicio.
El Magistrado aceptó el acuerdo celebrado por las partes, homologando el mismo y declaró penalmente responsable al acusado por los hechos previamente narrados y que constituyen los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y en un contexto de violencia de género, daño, privación de la libertad agravada, como autor de acuerdo a lo normado en los artículos 89 en función del 92 con remisión al 80 inciso 1 y 11, 142 inciso 2, 183, 45 y 55 del Código Penal.
Condenó al hombre a tres años de prisión en suspenso e impuso además prohibición de contacto y acercamiento por cualquier medio con la víctima. Bajo apercibimiento que en caso de no cumplir con las mismas, se ordenará de manera inmediata su detención.